El Curso se estructura de acuerdo con las disposiciones de la Regla A-III/5 Conv. STCW y Secc. A-III/5, cuadro A-III/5 Cód. Formación, y la Resolución de 14/11/2016 de la DGMM ( Certificado de suficiencia de marinero electrotécnico de la marina mercante).
Atribuciones del certificado de suficiencia:
El certificado de suficiencia de marinero electrotécnico de la marina mercante es el certificado de suficiencia expedido de acuerdo con la Regla III/7 del Convenio STCW y la Sección A-III/7 del Código Formación, necesario para todo marinero electrotécnico encargado de la instalación, la reparación y el mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos a nivel de apoyo, a bordo de un buque mercante, según viene definido en el artículo 2 punto 10 del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 750 kW.
Condiciones de obtención:
Acreditar el ejercicio profesional requerido (3 meses).
Superar el curso de suficiencia de Marinero electrotécnico de Marina Mercante.
Tener el certificado de especialidad de «Formación Básica», o estar realizándolo.
En relación al período de embarque será no inferior a 3 meses en buques mercantes realizando servicios profesionales relacionados con la instalación, la reparación y el mantenimiento de los sistemas eléctricos, electrotécnicos y de control bajo la supervisión directa del jefe de máquinas, del oficial encargado de la guardia de máquinas o de un marinero cualificado.
OBJETIVOS:
Encargado de la instalación, la reparación y el mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos a nivel de apoyo, a bordo de un buque mercante.
DURACIÓN:
El certificado de Marinero electrotécnico, se obtendrá tras superar este curso de 70 horas.