BOTES DE RESCATE NO RÁPIDOS

DESCRIPCIÓN: 

1 Se requerirá la posesión del Certificado de Embarcaciones de Super- vivencia y Botes de Rescate (no rápidos) al siguiente personal:

 

a) A los  Capitanes y Oficiales  de  Puente y de  Máquinas de  buques de pasaje

b) A los  Capitanes y Oficiales  de  Puente y de  Máquinas de  buques mercantes de arqueo bruto superior a 75 GT

c) A los Capitanes y Oficiales  de  Puente y Máquinas de  buques pesqueros mayores de 20 metros de eslora

d) A los  Marineros, de  Puente y de  maquinas, de  buques mercantes que  tengan asignadas funciones en el manejo de embarcaciones de supervivencia y botes  de  rescate en  los buques citados

 

2 El Certificado de Embarcaciones de Supervivencia y Botes  de Rescate  no Rápidos lo otorga la Dirección General de la Marina Mercante,  se obtendrá tras superar satisfactoriamente el curso cuyo contenido se desarrolla en las normas de competencia de  la  Sección  A-VI/2 del  Código  de  Formación de la OMI

OBJETIVOS:

1.- Hacerse cargo de una embarcación de supervivencia o bote de rescate (no rápido) .

2.- Manejar el motor de una embarcación de supervivencia.

3.- Organizar a los supervivientes y la embarcación de supervivencia tras abandonar el barco.

4.- Utilizar los dispositivos de localización: equipos de comunicaciones, señales pirotécnicas. Y otros dispositivos

5.- Dispensar primeros auxilios a los supervivientes. Botiquín. Técnicas de respiración. Tratamient-o de heridos,

DURACIÓN:

LA DURACIÓN  del  curso no  será   inferior a  veinticuatro horas, de las  cuales, como  mínimo, consistirán en  doce  horas de contenido teórico y doce horas de contenido práctico.

info. fechas